
{"id":16562,"date":"2017-02-15T13:22:06","date_gmt":"2017-02-15T13:22:06","guid":{"rendered":"https:\/\/lacuinade.timit2003.com\/afabaix2\/noticia\/una-vez-diagnosticado-el-alzheimer-como-obrar-legalmente\/"},"modified":"2021-06-25T14:46:15","modified_gmt":"2021-06-25T14:46:15","slug":"una-vez-diagnosticado-el-alzheimer-como-obrar-legalmente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/afabaix.org\/es\/una-vez-diagnosticado-el-alzheimer-como-obrar-legalmente\/","title":{"rendered":"Una vez diagnosticado el Alzheimer\u2026 \u00bfc\u00f3mo obrar legalmente?"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dado el car\u00e1cter progresivo e irreversible de la enfermedad de Alzheimer desde la Confederaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Alzheimer (CEAFA) nos recuerdan una serie de figuras legales que es importante tener en cuenta de cara a evitar ciertos problemas legales que con frecuencia surgen a lo largo de la enfermedad y con el objeto de proteger a la persona con la enfermedad de Alzheimer.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Y es que, aunque el Alzheimer es una enfermedad degenerativa cerebral que da\u00f1a lentamente y destruye las c\u00e9lulas del cerebro, cuyo s\u00edntoma m\u00e1s relevante es la p\u00e9rdida progresiva de capacidad intelectual y funcional, al inicio de la enfermedad la persona puede estar en condiciones de tomar decisiones respecto a sus intereses personales y deseos. En este sentido, las principales figuras legales son la siguientes:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Voluntad anticipada o testamento vital<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es la manifestaci\u00f3n escrita realizada por una persona capaz que, consciente y libremente, expresa las opciones e instrucciones en relaci\u00f3n a los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino del cuerpo o de los \u00f3rganos, que deben respetarse en el caso de que concurran circunstancias cl\u00ednicas en las cuales no pueda expresar personalmente su voluntad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Prev\u00e9 la designaci\u00f3n de un representante que ser\u00e1 el interlocutor ante el m\u00e9dico o equipo sanitario y velar\u00e1 por el cumplimiento de las instrucciones previas. Dicho documento puede ser revocado, modificado o sustituido en cualquier momento por la persona.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Puede realizar ante notario (no requiere de ning\u00fan testigo), ante tres testigos mayores de edad y en plena capacidad de obrar (al menos dos de ellos no tengan relaci\u00f3n de parentesco hasta el segundo grado ni est\u00e9n vinculados con la persona por relaci\u00f3n patrimonial), y ante el personal del Registro de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una vez formalizado es aconsejable registrar el documento en el Departamento de Salud para facilitar su difusi\u00f3n. Si ha sido validado ante notario, \u00e9ste ser\u00e1 el encargado de registrarlo, y si la validaci\u00f3n se ha realizado mediante los tres testigos, la persona otorgante ser\u00e1 la responsable de efectuar el registro.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Incapacitaci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Supone la privaci\u00f3n a una persona total o parcialmente de su capacidad de obrar. La declaraci\u00f3n de incapacidad puede promoverla el presunto incapaz (esta posibilidad de auto incapacitaci\u00f3n implica el reconocimiento de un cierto grado de capacidad que deber\u00e1 ser fijada en la correspondiente sentencia judicial), el c\u00f3nyuge o quien se encuentre en una situaci\u00f3n de hecho asimilable, los descendientes, los ascendientes o los hermanos del presunto incapaz.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El C\u00f3digo Civil se\u00f1ala en su art\u00edculo 199: \u201cNadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la ley\u201d. Por lo tanto, la condici\u00f3n necesaria para declarar a una persona incapaz es la existencia de una sentencia judicial en dicho sentido. Asimismo, el C\u00f3digo Civil en su art\u00edculo 200: \u201cSon causas de incapacidad las enfermedades o deficiencias persistentes de car\u00e1cter f\u00edsico o ps\u00edquico que impidan a la persona gobernarse por s\u00ed misma\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El procedimiento judicial se realiza a instancia de parte o del Ministerio Fiscal. Se debe presentar una solicitud o demanda y, tras \u00e9sta, se siguen una serie de tr\u00e1mites marcados por la ley y se realiza un examen exhaustivo de las pruebas. Una vez concluido el proceso, un juez puede declarar la incapacidad de una persona, en su beneficio. Si as\u00ed fuera, se priva a \u00e9sta por completo (en raras ocasiones de modo parcial) de la capacidad de obrar. Se nombra, seg\u00fan el caso, un tutor o curador que le asista.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Tutela<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es un mecanismo de protecci\u00f3n de la persona que ha perdido su capacidad de autogobierno y est\u00e1 pensada para aquellos casos en que se determine una incapacidad total. El tutor es nombrado por el juez siendo o\u00eddos previamente los parientes m\u00e1s pr\u00f3ximos y el propio incapaz si fuera posible.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para el cargo de tutor se prefiere, en primer lugar, al designado por el propio tutelado, al c\u00f3nyuge que conviva con el tutelado, a los padres, a la persona que los padres hayan designado en testamento, y, por \u00faltimo, al descendiente, ascendiente o hermano que designe el juez.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El nombramiento de tutor requiere que la persona que va a serlo est\u00e9 en condiciones de capacidad de obrar plena y con una conducta \u00e9tica intachable y, en cuanto al n\u00famero de tutores, la regla general es la tutela unipersonal, es decir, por una sola persona f\u00edsica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El desenvolvimiento de la tutela conlleva la prestaci\u00f3n ocasional de una fianza por el tutor, cuando el juez lo estime oportuno, as\u00ed como la necesidad de formalizar un inventario de los bienes del tutelado, y el control judicial y del Ministerio Fiscal mediante las autorizaciones para determinados actos jur\u00eddicos y las rendiciones peri\u00f3dicas de cuentas de su gesti\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Curatela<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La \u00fanica diferencia con la tutela estriba en que en la sentencia judicial s\u00f3lo se incapacita al enfermo para determinados actos y no totalmente. As\u00ed, el curador deber\u00e1 gestionar s\u00f3lo aquellas cuestiones para las que al enfermo se ha declarado incapaz. Esta instituci\u00f3n de guarda ser\u00eda para la primera fase de la enfermedad, cuando a\u00fan tiene cierta capacidad para realizar por s\u00ed mismo ciertos actos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Defensor judicial<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es la persona nombrada por el juez para ejercer las funciones de amparo y representaci\u00f3n de las personas incapacitadas de forma transitoria en los siguientes supuestos: cuando en alg\u00fan asunto exista conflicto de intereses entre la persona incapacitada y quienes ejercen sobre ellos la tutela o curatela, cuando el tutor o curador no ejercieran sus funciones por cualquier causa mientras dicha causa no desaparezca o se nombre a otra persona al efecto y cuando se tenga conocimiento de que una persona debe ser sometida a tutela, mientras se dicta resoluci\u00f3n judicial que ponga fin al procedimiento, asumir\u00e1 su representaci\u00f3n el Ministerio Fiscal, si adem\u00e1s hubiera que cuidar de sus bienes, el Juez podr\u00e1 designar un administrador de los mismos, quien deber\u00e1 rendirle cuentas de su gesti\u00f3n una vez concluida \u00e9sta.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El defensor judicial tiene las atribuciones que le conceda el juez, al que debe rendir cuentas de su gesti\u00f3n una vez concluida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Guarda de hecho<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es la persona que no tiene potestad legal sobre el incapaz que asume el papel protector de \u00e9ste y de sus bienes sin haber sido nombrado tutor o curador y al que un juez podr\u00eda requerirle informaci\u00f3n y establecer medios de vigilancia y control oportunos. Una persona, llamada guardador, ejerce de hecho una serie de funciones tutelares a favor del presunto incapaz. Cuando la autoridad judicial tenga conocimiento de una guarda de hecho, podr\u00e1 requerir al guardador para que le informe de la situaci\u00f3n de la persona y bienes del amparado y de su actuaci\u00f3n en relaci\u00f3n con los mismos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La caracter\u00edstica principal de la guarda de hecho es que tiene car\u00e1cter transitorio, ya que debe sustituirse por otras figuras como: el tutelaje o la curatela.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Administrador patrimonial<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La Ley establece esta figura cuando el patrimonio del tutelado sea de tanta envergadura que sea preciso separar el contenido personal del patrimonial. El administrador ejerce la tutela conjuntamente con el tutor. El juez podr\u00e1 exigir fianza o aval al tutor o al administrador patrimonial antes de tomar posesi\u00f3n de su cargo, considerando sus relaciones con el tutelado y tambi\u00e9n la naturaleza y la importancia del patrimonio, y determinar\u00e1 la modalidad y cuant\u00eda del mismo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A su vez el administrador patrimonial deber\u00e1 presentar al juez, al tutor una propuesta inicial de administraci\u00f3n que incluya la inversi\u00f3n previsible del capital dinerario y el dep\u00f3sito de dinero, valores mobiliarios, documentos existentes en el momento de constituirse la tutela.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><em><span style=\"font-size: 13.008px; line-height: 20.0063px;\">fuente: ceafa.es<\/span><\/em><\/p>\n<p><strong><span style=\"font-size: 13.008px; line-height: 1.538em;\">&#8212; Recordaros que desde AFA BAix Llobregat dispone de un servicio de asesor\u00eda jur\u00eddica para orientar a nuestros socios, adem\u00e1s de ofrecer charlas i conferencias sobre estos aspectos legales que conviene conocer en caso de que un familiar sea diagnosticado con Alzheimer &nbsp;&#8212;&nbsp;<\/span><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; Dado el car&aacute;cter progresivo e irreversible de la enfermedad de Alzheimer desde la Confederaci&oacute;n Espa&ntilde;ola de Alzheimer (CEAFA) nos recuerdan una serie de figuras legales que es importante tener<\/p>\n<div><a href=\"https:\/\/afabaix.org\/es\/una-vez-diagnosticado-el-alzheimer-como-obrar-legalmente\/\" class=\"exp-read-more exp-read-more-underlined\">Read More<\/a><\/div>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":16563,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[],"tags":[],"class_list":["post-16562","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16562","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16562"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16562\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":21708,"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16562\/revisions\/21708"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/16563"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16562"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16562"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/afabaix.org\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16562"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}